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QUEJA

&DENUNTADOR

Taran Winchester, director de información
twinchester@njcodi.org

Como director de información, Taran garantiza que se cumplan los requisitos de cumplimiento de las fuentes de financiamiento e informa e investiga problemas de cumplimiento, incidentes inusuales y quejas de consumidores, voluntarios y pasantes.

Procedimiento de queja o apelación
 
El personal, los pasantes o los voluntarios pueden presentar una queja o procedimiento de apelación por cualquiera de los siguientes motivos: 
 

  1. Cualquier medida disciplinaria tomada por un supervisor. Estos incluyen advertencias por escrito, suspensión disciplinaria sin sueldo, degradación o despido.

  2. Cualquier caso de discriminación ilegal percibida por el personal.

  3. Cualquier caso de acoso laboral ilegal percibido por el personal.

 
Para iniciar una queja o procedimiento de apelación, el personal debe enviar un formulario electrónico de procedimiento de apelación o queja a Taran Winchester, Director de Mejora de la Calidad (DQI), dentro de los cinco días hábiles posteriores al presunto suceso. Si una alegaciónSi se trata de DQI, el personal deberá notificar al Presidente/CEO. Una vez finalizada la investigación, DQI deberá presentar una decisión final por escrito al Presidente/CEO. Luego, DQI notificará al supervisor del personal y al personal por escrito la decisión final.

Cumplimiento
 
CODI requiere que el personal, los pasantes y los voluntarios que tengan una creencia o sospecha razonable de conducta ilegal o inadecuada en el lugar de trabajo informen inmediatamente sus inquietudes de forma electrónica a través de Accreditation Now. Para enviar un informe de forma anónima, inicie sesión en Accreditation Now, haga clic en Informe de cumplimiento corporativo y siga las instrucciones. Cualquier persona que informe una inquietud debe actuar de buena fe y tener motivos razonables para creer que la información divulgada indica una conducta laboral ilegal o inadecuada o una violación de las políticas de CODI. Ningún empleado, pasante o voluntario que, de buena fe, informe una inquietud estará sujeto a represalias o, en el caso de un empleado, a consecuencias laborales adversas. Para obtener más información, consulte la Política de denuncia de irregularidades del CODI.

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